Cada país tiene su legislación relacionada con la violación de derechos de autor en Internet, y en algunos ha ido evolucionando rápidamente durante los últimos años.
Hasta hace poco, compartir enlaces de libros y películas no era delito, lo que era delito era subir el material protegido a Internet, no divulgarlo. Eso ha ido cambiando en algunos lugares, y Japón es un claro ejemplo de ello.
En 2012 prohibieron la descarga de películas y música sin licencia de Internet, y en 2020 lo ampliaron a manga, revistas y textos académicos, al mismo tiempo que prohibían las webs que enlazaban contenido protegido en otro lugar.
Ahora se ha detenido a un hombre que tenía una web de enlaces con 30.000 películas indexadas, películas que él no había subido, pero a las que ofrecía acceso directo con diferentes links a cada una. El hombre ganó 4.000 dólares en los últimos dos meses.
El delito habría ocurrido de igual manera aunque no hubiera generación de ingresos, y ahora se enfrenta a una sentencia de hasta cinco años de prisión y/o una multa máxima de 43.600 dólares estadounidenses.
Además de esa pena, las empresas propietarias de los derechos de autor pueden presentar demandas civiles por daños y perjuicios, por lo que el castigo puede seguir subiendo.
En España no está tan penalizado, pero el caso de rojadirecta ya dejó claro que no es una buena idea ganarse la vida enlazando a contenido protegido en Internet.