Si habéis estado conectados hoy durante más de diez minutos en Internet seguramente ya habréis leído el manifiesto que muchos editores estamos «firmando» en respuesta a la creación de una comisión administrativa que podrá bloquear las páginas que faciliten las descargas ‘piratas’ de cine o música sin necesidad de intervención judicial.
Podéis leer el texto en ayudawordpress.com, por ejemplo, por mi parte sólo quiero recordar un punto importante de la constitución española:
5 – Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
Click para ampliar. fuente: congreso.es
Malos tiempos corren, tiempos en los que ni la constitución se respeta adecuadamente…
El artículo al que aludes hace referencia al secuestro de publicaciones que está directamente relacionado con la censura. Una vez publicado un contenido que no respeto el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia, puede ser retirada por procedimiento administrativo y de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley.
Hay sentencias suficientes a este respecto e incluso el tribunal Constitucional (que es un tribunal administrativo y no judicial) avala esta interpretación.
Lo único que sé es que el dinero y el interés político pesa más la mayoría de las veces que la libertad. Así que hay que luchar por la libertad y no dejar que unos pocos nos intimiden.